El Certificado Energético de una vivienda cuantifica lo eficiente que es a través de las características que le proporcionan sus instalaciones y elementos constructivos.

Este Certificado es obligatorio desde la entrada en vigor el 1 de Junio de 2013 del RD 235/2013. El propietario de un inmueble, local o edificio que vaya a ser puesto a la venta o en alquiler está obligado a tener el Certificado en vigor.

El Certificado tiene validez de 10 años desde su expedición, y se deberá actualizar antes, si existen variaciones que puedan modificar el resultado de la calificación.

Si no se tiene te pueden sancionar. En algunas Comunidades Autónomas ya se han iniciado las Inspecciones.

Publicitar una vivienda  sin  Certificado Energético, indicando su calificación energética, puede suponer una sanción entre 1.000€ y 6.000€.

En resumen:

  1. Ahorro en costes de consumo energético. Al implementar las recomendaciones de mejora que se dan.
  2. Mejor posicionamiento frente a comprador o inquilino. Se preferirá el que lo tenga.
  3. Acceso a subvenciones para reformas de edificios. Para la mejora de la Eficiencia
  4. Bonificaciones en el IBI. Pendiente su aplicación en Madrid, se podría bonificar hasta el 20% .
  5. Conciencia ecológica de colaborar en la reducción de dióxido de carbono.
  6. Evitar sanciones. Anunciar diciendo que se tiene y ser falso multa entre 1.000 y 6.000 €

En Inmopolita hacemos certificados energéticos en dos dias.

Myriam

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