Las viviendas de uso turístico deben estar inscritas en la dirección de Turismo de la Comunidad de Madrid.
Cada cierto tiempo se realiza una campaña dirigida a detectar las viviendas de uso turístico ilegales.
Con la inspección pretende comprobar el cumplimiento de la normativa de la Comunidad de Madrid para las viviendas que se destinan a esta actividad, y entre otras la exigencia de licencia de actividad por parte del Ayuntamiento.
La normativa de la Comunidad de Madrid establece que las viviendas de uso turístico deben ajustarse a lo siguiente:
Si al realizar la inspección falta alguno de los puntos anteriores, pueden poner una sanción.
De la misma forma pueden multar si estando de alta en el Registro de Viviendas turísticas de la Comunidad de Madrid, la vivienda se encuentra alquilada con un contrato de otro tipo, como puede ser el de larga duración.
El alquiler de viviendas de uso turístico se considera una actividad y debe tener la licencia de hospedaje del Ayuntamiento Los requisitos quedan regulados en Plan Especial de Regulación del uso de Servicios Terciarios en la clase de Hospedaje de 23 de abril del 2019 y la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid (OAAE).
Si en su día dio de alta su vivienda como turística en el Registro de la Comunidad de Madrid y no va a alquilarlo así, debe darse del registro, si no quiere que le multen.
Para darse de baja hay presentar una Declaración Responsable ante la dirección de Turismo de la Comunidad de Madrid, solicitando la baja en el Registro. Si no sabes como, en Inmopolita le podemos ayudar con el trámite.
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