El 1 de enero de 2022 ha entrado en vigor el nuevo valor de referencia catastral.
Este valor afecta a la compra, herencia o donación de viviendas. Para entender cómo afecta a los contribuyentes, vamos a explicarlo por cada impuesto afectado.
Principalmente le afecta al impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que se paga al comprar una vivienda usada, y el de Sucesiones y Donaciones (ISyD), que se paga cuando se recibe un bien vía herencia o donación. También puede tener incidencia en la plusvalía municipal.
El nuevo valor de referencia catastral será la base imponible de estos tributos.
Sin embargo, en esa valoración no se tiene en cuenta las características particulares del inmueble, ni habrá inspecciones para comprobar que el valor responde a la realidad. Esto quiere decir que se va a tributar igual por una vivienda que necesita una reforma completa, que por otra vivienda en el mismo edificio que ha sido renovada y que tiene un precio superior.
Si al comprobar el nuevo valor de referencia catastral del inmueble, no se está de acuerdo con él, es posible recurrirlo. Esta reclamación la puede hacer el que adquiere o hereda la vivienda. Se puede hacerse bien solicitando la rectificación de la autoliquidación presentada o bien recurriendo la liquidación que notifique la administración.
Será el contribuyente el que deba demostrar y acreditar que el valor de referencia de Catastro, no se corresponde con el de mercado.
Por ello al presentar la reclamación hay que alegar y justificar con pruebas fehacientes que el valor oficial no se ajusta a la realidad. Esta justificación se soporta en una Tasación Pericial Contradictoria.
El valor de referencia también puede afectar indirectamente al impuesto de plusvalía municipal.
Por tanto, si va a realizar una compra-venta o va a recibir una herencia o donación de un inmueble, el nuevo valor de referencia le puede afectar.
De igual forma, si ha recibido una valoración de la Administración de la liquidación de un impuesto y la considera excesivamente alta, tiene el derecho a reclamarla.
Para ambas situaciones necesitará tener una Tasación Pericial Contradictoria. Contáctenos y le haremos un presupuesto.
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